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¿Por qué es necesaria esta Directiva?

En el momento en que se establecieron las bases relativas al IVA (6ª directiva del IVA 77/388/CEE), no se creyó necesario disponer de un conjunto de reglas en materia de armonización relativas a la facturación. Así, los Estados miembros tenían plena libertad para fijar, cada uno de ellos, las normas que afectaban a la creación, transmisión y conservación de facturas. En la sexta directiva sólo se fijó la obligación de expedir una factura y de establecer una lista de menciones  obligatorias que debían parecer en la factura.

Sin embargo, con el mercado único y con el consiguiente desarrollo del comercio electrónico la situación ha cambiado considerablemente.

Hoy en día es más frecuente que los operadores entreguen bienes y servicios gravados a clientes que pertenecen a otros Estados miembros. Además, numerosas empresas que se encuentran en activo en el marco de la UE se interesan en centralizar sus actividades de facturación. De esta manera, una de las sucursales se encarga de llevar a cabo la expedición de facturas por cuenta de las demás sucursales que se encuentran establecidas en diferentes Estados miembros. En este caso, el hecho de que las normas en materia de facturación hayan cambiado considerablemente a día de hoy de un Estado miembro a otro constituye un verdadero rompecabezas para los operadores.

Además, la facturación electrónica, que permite disminuir los costes de facturación, está cada día más en auge como consecuencia del notable desarrollo del comercio electrónico. Sin embargo, en algunos países esta práctica estaba prohibida o tenia que ir acompañada; a la vez, de la transmisión de las facturas en papel.

Por consiguiente, se ha hecho necesario disponer; hoy en día, de una legislación comunitaria armonizada en materia de facturación (que establezca las normas sobre las menciones obligatorias que deben aparecer en las facturas, sobre el uso de la facturación electrónica y sobre la conservación de las facturas) con el fin de facilitar la actividad de los operadores.

¿Para qué sirven las facturas?

Uno de los principios básicos del sistema del IVA de la Comunidad europea, establecido en la sexta directiva del IVA (77/388/CEE), es que cada empresa cargue el impuesto relativo al IVA a la provisión de bienes o servicios que realice y que deduzca este mismo importe a la provisión de bienes y servicios que reciba. Cuando un operador recibe unos bienes o servicios, su derecho a la deducción o devolución del correspondiente IVA sobre dichos servicios o bienes depende de la capacidad que éste tenga para expedir una factura en la que haga constar el importe del IVA aplicado.  Un operador que entrega unos bienes o servicios y expide una factura tiene la obligación de guardar una copia de la factura por si fuera requerida por la administración tributaria.

¿Dónde se puede encontrar información acerca de las nuevas reglas y de su puesta en práctica en los Estados miembros?

Podrá obtener más información acerca de estos temas en la página de Europa en Internet:

http://europa.eu.int/comm/taxation_customs/taxation/e_invoi...

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